Reclamos
Registro y consulta de reclamos
Desde nuestro sistema de registro de reclamos en línea, Usted podrá realizar el reclamo que crea correspondiente y hacer seguimiento del estado del mismo. Así también podrá realizarlo a través del correo reclamos@covisur.com.pe o llamando al teléfono (054) 27 1509. Importante: para cuestiones de facturación electrónica mandar un correo a facturacione@covisur.com.pe
Debido a la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto Supremo N°008-2020-SA, ampliada por los Decretos Supremos N°020-2020-SA y 027-2020-SA y demás prórrogas o modificaciones, de ser el caso. Se pone a disposición de los usuarios la posibilidad de enviar sus recursos impugnativos al correo electrónico: reclamos@covisur.com.pe utilizando el siguiente formato para tal fin (Formato).
Por otro lado, en caso se autorice la notificación por correo electrónico, los usuarios deberán tener en consideración lo siguiente:
- La revisión continua de los buzones de correos correspondientes a la dirección electrónica del usuario.
- La necesidad de contar con una dirección de correo electrónico válida.
- La habilitación de la opción de respuesta automática de recepción en la dirección de correo electrónico proporcionada por el usuario.
MEDIOS PROBATORIOS
Al formular su reclamo los Usuarios podrán presentar las siguientes pruebas:
- Documentos, tales como; fotografías y videos; ticket o boleto de pago por concepto de peaje; escritos presentados ante COVISUR; correos electrónicos; registro telefónico y/o registro de mensajes (sms, Whatsapp) remitidos a COVISUR, así como cualquier otro documento que sustente lo solicitado, salvo aquellos prohibidos por disposición expresa.
- Informes y peritajes de parte.
- Declaración de testigos y/o peritos.
- Otros permitidos por Ley.
Asimismo, en el procedimiento de reclamos procede:
- Recabar antecedentes y documentos.
- Solicitar informes y dictámenes de cualquier tipo.
- Conceder audiencia a los administrados, interrogar testigos y peritos, o recabarlos por escrito.
- Consultar documentos y actas.
- Practicar inspecciones oculares.
MATERIA DE LOS RECLAMOS
Los usuarios podrán presentar como reclamos los siguientes:
- Reclamos relacionados con la facturación y el cobro de los servicios por uso de la infraestructura, los cuales deberán realizarse de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Concesión celebrado el 24 de octubre de 2007 entre COVISUR y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante «Contrato de Concesión»).
- Reclamos relacionados al condicionamiento por parte del sujeto reclamado de la atención de los reclamos formulados por los usuarios, al pago previo del peaje.
- Reclamos relacionados con la calidad y oportuna prestación de los servicios que son responsabilidad de COVISUR, en caso que ésta no cumpla con los parámetros establecidos en el Contrato de Concesión.
- Reclamos relacionados con daños o pérdidas en perjuicio de los usuarios, de acuerdo a los montos mínimos que establezca el Consejo Directivo de OSITRAN, provocados por negligencia, incompetencia o dolo de COVISUR, sus funcionarios y/o dependientes.
- Reclamos relacionados con el acceso a la infraestructura o que limitan el acceso individual a los servicios de responsabilidad de COVISUR.
- Los reclamos relacionados con defectos en la información proporcionada a los usuarios, respecto de las tarifas o condiciones del servicio, o información defectuosa.